En efecto, los citados magistrados entendieron que la declaración del Gobernador de la Provincia que consideró lesivo a los intereses del Estado Provincial el contrato de concesión celebrado con Eco Desarrollo S.A. para la concesión de las tierras fiscales de Salta Forestal S.A. no es un acto que provoque la afectación de los derechos de terceros sino que solamente constituye un presupuesto para dar inicio al proceso de lesividad destinado a anular una actuación de la Administración Pública que puede resultar dañosa a los intereses públicos por su presunta ilegitimidad.
Esa decisión, que por otra parte respeta el principio republicano de gobierno, no envuelve una decisión definitiva sino que tiene por objeto ordenar al Fiscal de Estado que promueva el juicio pertinente para que el juez competente resuelva si efectivamente existió lesión a los intereses del Fisco de la Provincia.
Por otra parte, en el juicio de lesividad, Eco Desarrollo S.A. ya contestó demanda y podrá en la etapa pertinente plantear todas las defensas que estime corresponder por lo que su derecho de defensa se encuentra plenamente amparado.